sábado, 7 de noviembre de 2015

¿Sabías que...no solo la Policía Local puede supervisar la vía pública...





El ayuntamiento puede nombrar a otro tipo de personal, sin autoridad similar a la policía, pero con el fin de realizar tareas varias, especificando las de supervisar:   



"El Ayuntamiento podrá nombrar otro tipo de personal que, no perteneciendo a la plantilla de la Policía Local, pueda realizar tareas que no sean de la competencia exclusiva de la misma por no implicar ejercicio de autoridad, tales como supervisión de anomalías en el viario, infraestructura, servicios - Sigue leyendo>> 


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